Seguros de caución, la nueva herramienta del turismo estudiantil

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Normativa Turística

Seguros de Caución, la nueva herramienta del turismo estudiantil.

Con la puesta en vigencia del DNU 2023-70 DPT APN, la actividad turística perdió la normativa para agentes de viajes y en consecuencia también se vio afectada la norma asociada sobre turismo estudiantil, ya que como norma dependía de la norma de agencias de viajes.

En enero del 2024 recomendé en un artículo en el que se analizaba la situación de las Agencias de Viajes, que se evalúen nuevas formas de garantizar viajes, surgiendo como una herramienta viable los seguros de caución para los contratos. El organismo de aplicación, es decir la Secretaría de Turismo de Nación presentó en agosto del 2024 la resolución RESOL-2024-1-APN-STAYD#JGM en el que se aprueba el anexo que reglamenta los viajes de estudios en el país, en el cual considera a los seguros de caución como la herramienta para garantizar los contratos.

En el mencionado anexo, se establece en el artículo 4 las garantías obligatorias que las empresas que comercializan viajes de estudio deberán ofrecer a sus clientes. "ARTÍCULO 4º.- Garantías obligatorias. efectos de lo dispuesto en el artículo 7º, inciso e) de la Ley Nº 25.599 y su modificatoria, los Operadores de Turismo Estudiantil deberán acreditar la constitución de las garantías correspondientes mediante la contratación de un seguro que cubra el reembolso de las cuotas abonadas por los usuarios, estudiantes y/o acompañantes. Dicho seguro deberá ser constituido con anterioridad a la fecha de vencimiento del primer pago. Los turistas-usuarios o sus representantes legales, en caso de ser menores de edad, serán los beneficiarios de dicho seguro. El seguro de caución se emitirá conforme la normativa prevista por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN" Anexo RESOL-2024-1-APN-STAYD#JGM

Con la inclusión del requisito de seguro se agiliza en particular para el cliente, los trámites en caso de que la empresa incumpla con el contrato. Se recuerda que anteriormente el procedimiento resultaba de mayor complejidad dado que la garantía se constituía mediante un aporte a un fidecomiso. La garantía por incumplimiento se complementa con los seguros por responsabilidad civil que ya habían sido desarrolladas en la normativa estudiantil.

Esta resolución es un paso importante en el ámbito de los viajes estudiantiles, sin embargo, aún persisten en torno a la seguridad de los viajes estudiantiles, en particular, luego de que dos jóvenes perdieran la vida en el marco de su participación en viajes de estudios. Por este motivo se están desarrollando propuestas normativas como el caso de la Ley Juanita, a los efectos de profundizar en las medidas preventivas que deberán tener en cuenta las empresas prestadoras de servicios de viajes a fin de que ofrezcan una respuesta adecuada ante situaciones donde la salud de los estudiantes esté involucrada.